La iniciativa de reforma a la Ley Minera propuso crear un organismo público descentralizado responsable de todo lo relativo a la exploración, explotación y el aprovechamiento del litio
La Cámara de Diputados aprobó esta tarde en lo general reformas y adiciones a la Ley Minera propuestas anoche por el presidente Andrés Manuel López Obrador. Lo hizo de forma exprés y con dispensa de todos los trámites legislativos. Después turnó el proyecto al Senado.
Las enmiendas fueron avaladas en lo general con 298 votos de los tres partidos de la cuarta transformación que encabeza Morena, más Movimiento Ciudadano, con 197 abstenciones de la oposición de Va por México.
La reforma modifica los artículos 1,5, 9 y 10 de la Ley Minera con el objetivo de declarar de “utilidad pública la explotación, exploración y aprovechamiento del litio, por lo que no se otorgarán concesiones, licencias, contratos, permisos, asignaciones o autorizaciones en la materia. Serán consideradas zonas de reserva minera aquéllas en que haya yacimientos de litio”.
Pero dadas las prisas con que fue remitida la iniciativa presidencial a la Cámara de Diputados, tras su aprobación en lo general, Morena y sus aliados tuvieron que corregir mediante reservas a la totalidad de los artículos modificados, la redacción y el orden de lo aprobado.
Así en lo particular las reformas fueron aprobadas con 275 votos en pro, 187 abstenciones y 24 votos de Movimiento Ciudadano en contra, por lo que la minuta fue remitida al Senado para su discusión y votación.
La reforma se refiere a la explotación exclusiva del litio, pero eso se incluyó en un artículo 5º de la Ley relativo a las excepciones para su aplicación, es decir, uno relativo a otro asunto.
Por eso mediante la reserva Morena y aliados crearon un nuevo artículo 5 bis y se estableció de paso, en esos cambios, que sí se permitirán las asignaciones relativas a la explotación del litio.
La reforma avalada propone crear un organismo público descentralizado responsable de todo lo relativo a la exploración, explotación y el aprovechamiento del litio mismo que deberá crearse dentro de los 90 días hábiles posteriores a la entrada en vigor del decreto.
Ese organismo tendrá personalidad jurídica y patrimonios propios, y tendrá como responsabilidad administrar y controlar las cadenas de valor económico del litio. El Servicio Geológico Mexicano auxiliará a ese organismo “en la ubicación y reconocimiento de las áreas geológicas en las que existan reservas probables” del mineral.